Mitma renueva el Comité Nacional de Transporte por Carretera
El BOE ya refleja la Resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) por la que se convoca a las confederaciones, federaciones y asociaciones de transportistas por carretera y de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte que deseen formar parte del Comité Nacional del Transporte por Carretera para que acrediten su representatividad a efectos de la revisión de la composición de este órgano.
El Comité Nacional de Transporte por Carretera constituye el cauce de participación integrada del sector del transporte por carretera de viajeros y de mercancías, en aquellas actuaciones públicas que le afecten de forma general, que tengan un carácter relevante o que supongan una importante incidencia para el sector. Además, su papel como órgano de representación del sector y de interlocución permanente con este Ministerio es esencial para identificar los problemas y las prioridades del sector que es necesario abordar.
Abierto el plazo para presentar solicitudes
La última revisión de la composición de este Comité tuvo lugar en 2017, por lo que, de acuerdo con la normativa en vigor, procede revisar la composición de sus distintas secciones, con el fin de ajustarlas a las modificaciones que pudiera haber experimentado el nivel de representatividad ostentado por sus miembros, siguiendo una línea continuista con renovaciones anteriores.
La convocatoria va dirigida tanto a las asociaciones que actualmente forman parte de cada Sección del Comité, como a las que deseen entrar a formar parte de alguna o algunas de las mismas, para que justifiquen su implantación en el subsector empresarial al que representan.
Las solicitudes se presentarán en la sede electrónica de Mitma y el plazo de presentación será el comprendido entre el 1 de abril y el 30 de abril de 2021, ambos inclusive. Se deberá entregar la documentación exigida en la Resolución y será la Dirección General de Transporte Terrestre la que llevará a cabo las necesarias comprobaciones de los datos aportados por los solicitantes mediante el procedimiento establecido en la Resolución.